¿Es verdad que el usufructuario tiene que pagar la hipoteca?

24 febrero 2020

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El préstamo hipotecario es un producto financiero de cierta complejidad. Si estás pensando en pedir una hipoteca para comprar la casa de tus sueños, te conviene conocer todos sus detalles. Por ejemplo ¿es cierto que el usufructuario tiene que pagar la hipoteca?

En esta entrada compartimos contigo en qué consiste el usufructo y cómo te afecta cuando firmas una hipoteca, para que no tengas ninguna duda y sepas a qué atenerte. Recuerda que, generalmente, el dueño de un bien lo es en plena propiedad, pero solo para la nuda propiedad. 

¿Qué es el usufructo?

El usufructo es el derecho de disfrute de un bien que no es necesariamente tuyo, como establecer el artículo 467 del Código Civil: «El usufructo da derecho a disfrutar los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de su constitución o la ley autoricen otra cosa». La persona que disfruta de este derecho se llama usufructuario.

“El usufructo es el derecho de disfrute de un bien que no es necesariamente tuyo, como establecer el artículo 467 del Código Civil”

Es decir, el usufructuario es quien tiene derecho para utilizar el inmueble de tal manera que, incluso las rentas que genere serán suyas. Sin embargo, no puede hipotecar o vender él solo. Para ello necesita el consentimiento del nudo propietario

La propiedad de la vivienda pertenece al nudo propietario. No utiliza la casa ni la posee en términos de uso diario, pero puede ejecutar cambios en la propiedad legal siempre que el usufructuario esté de acuerdo.

Hipotecar con consentimiento del usufructuario

Para que te quede meridianamente claro: el nudo propietario de una vivienda puede hipotecarla siempre que tenga el consentimiento del usufructuario. El artículo 107 de la Ley Hipotecaria establece que «está facultado para hipotecar su nuda propiedad, con la particularidad de que, al ejecutarse la hipoteca, el adjudicatario adquirirá esa nuda propiedad, con la subsistencia del usufructo que la gravase hasta la extinción de éste».

“La propiedad real de la vivienda, importante para saber si el usufructuario tiene que pagar la hipoteca, pertenece al nudo propietario”

Dicho de otro modo, aunque el inmueble cambie de manos, el usufructuario seguirá disfrutando del mismo conforme a lo establecido con el primer propietario hasta que el contrato termine. En este caso, recuerda que el usufructuario no tiene que pagar la hipoteca. 

En la relación con la comunidad de propietarios se establecen algunas diferencias entre el usufructuario y el nudo propietario si no son la misma persona. Por ejemplo, lo más habitual es que sea el que tiene el usufructo el que abona los gastos ordinarios, mientras que el posee la nuda propiedad se responsabilice de las derramas por gastos extraordinarios. 

Por cierto, es el nudo propietario el que tiene derecho a asistir y votar en las juntas de vecinos, aunque puede delegar en el usufructuario que, bajo ningún concepto, podrá llegar a ser presidente de la comunidad.

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