El seguro de vida de una hipoteca es uno de esos productos que levanta suspicacias entre los consumidores. ¿Es realmente necesario contratarlo? ¿Obliga la Ley a firmar un seguro de vida por el hecho de tener un préstamo hipotecario? ¿Qué ventajas y desventajas tiene? No te preocupes, en esta entrada desvelamos las respuestas y compartimos contigo qué cubre esta póliza.
Para que lo tengas claro desde el principio: el seguro de vida de una hipoteca no es un producto obligatorio por Ley, pero sí conveniente. Como se trata de un producto combinado, el banco no te puede obligar a firmar una póliza de vida a la vez que firmas tu préstamo hipotecario, pero sí podría ofrecerte una mejora en las ventajas de tu hipoteca a cambio de contratar el seguro.
La única póliza imprescindible vinculada a una hipoteca es el seguro de hogar básico o de daños, como consta en el artículo 8 de la Ley 1/1981 de regulación del mercado hipotecario y en el posterior desarrollo del Real Decreto 716/2009.
El seguro de vida de una hipoteca no es un producto obligatorio por Ley, pero sí conveniente
Entonces, ¿es realmente necesario contratar el seguro de vida de una hipoteca? Depende de lo que busques y de la confianza que tengas en la salud de las finanzas familiares porque firmar esta póliza supone liberar a tus herederos de la posible carga de pagar la hipoteca si mueres antes de devolver todo el préstamo, pero entremos en detalles.
¿Qué cubre el seguro de vida de una hipoteca?
El seguro de vida vinculado a una hipoteca cubre lo mismo que cualquier otra póliza de vida normal y corriente: el fallecimiento del titular. A este riesgo común también se le añaden la incapacidad permanente y, en ocasiones, también los supuestos de accidente o de enfermedad.
Dicho de otro modo, las dos coberturas principales son:
- Fallecimiento del asegurado. Si el prestatario de una hipoteca muere, la aseguradora pagará todo el capital pendiente al banco, por lo que el préstamo quedará cancelado y los herederos podrán disfrutar de la vivienda ya libre de carga.
- Incapacidad permanente. Si el titular del seguro de vida de una hipoteca queda incapacitado para seguir trabajando, la aseguradora también cancelará la hipoteca. La incapacidad temporal, sin embargo, no queda cubierta por este tipo de pólizas.
La principal diferencia con la póliza de un seguro de vida normal es el beneficiario del seguro de vida de una hipoteca: si mueres, es el banco quien cobra el dinero del seguro, el sujeto jurídico con el que tienes que saldar la deuda pendiente. Tus herederos no verán ni un céntimo de esta indemnización.
El seguro de vida vinculado a una hipoteca cubre lo mismo que cualquier otra póliza de vida normal y corriente: el fallecimiento del titular
Como puedes comprobar, el seguro de vida de una hipoteca es una opción que puedes considerar en función de la situación de las finanzas familiares, pero no es un producto obligatorio para todas las personas que compran su nuevo hogar con un préstamo hipotecario.
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